Por Decreto 677/20, todas las actividades económicas, recreativas, culturales y deportivas autorizadas en Chascomús pueden funcionar con el horario que cada responsable considere conveniente con los protocolos sanitarios y de funcionamiento dentro del local, respetando siempre la normativa municipal y provincial.
Por ejemplo, la venta de alcohol en comercios sólo estará autorizada desde las 10 hasta las 23 horas, de acuerdo con la ley provincial vigente.
Por otra parte, continúa vigente el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca por parte de todas las personas que permanezcan o circulen en el espacio público, en transporte público de pasajeros, transporte privado cuando haya dos o más personas y en todos los espacios cerrados de acceso público como oficinas públicas, locales comerciales, etcétera.
“Es importante seguir cuidándonos y cuidando al otro para que todas las actividades puedan continuar desarrollándose en el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno nacional”, resumieron desde el Ejecutivo local.