El Departamento Ejecutivo Municipal determinó anular el decreto que otorgaba la concesión del parador Punta Norte tras el conocerse en el expediente la irregularidad en la documentación presentada por los únicos oferentes en la licitación.
De acuerdo con lo determinado, carecían del requisito de contar con el asesoramiento y firma de un licenciado o técnico en Turismo colegiado, ya que quien figuraba como especialista no era un profesional matriculado.
El pliego de bases y condiciones general para las concesiones turísticas especifica que el profesional debe estar colegiado, en conformidad con la ley 14.799, que regula el ejercicio de los profesionales en turismo en la provincia de Buenos Aires.
Los responsables de la propuesta inicialmente seleccionada informaron que el profesional que los asesoró no estaba matriculado para ejercer la profesión, y era el mismo que había asesorado al otro oferente.
Al verificarse esta grave circunstancia, el acto administrativo de adjudicación fue declarado nulo.
La anulación se formalizó mediante el Decreto 598/2024, emitido el 11 de julio, que revoca el decreto anterior (516/2024), por el cual se había otorgado la concesión.
Asimismo, se determinó que se convocará a una nueva licitación pública lo más rápido posible.