Se trata de un beneficio que tiene como finalidad que los ciudadanos en situación de mayor vulnerabilidad puedan acceder a los servicios públicos a un precio más bajo con un registro que se encuentra abierto durante todo el año.
A través de un trámite sencillo, quien figura como titular del servicio debe hacerlo de manera personal en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), ubicada en Dorrego Nº 229 con la última factura del servicio y una fotocopia del DNI, los lunes, miércoles y viernes de 9 a 12 horas.
Cabe destacar que pueden acceder a este beneficio quienes cumplan con los siguientes requisitos:
- Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
-Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Beneficiarios de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
-Titulares de programas sociales.
- Trabajadores inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
- Trabajadores incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (Ley N° 26.844).
- Titulares de algún seguro de desempleo o de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Titulares de certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
Asimismo, no podrán acceder los propietarios de más de un inmueble, aeronaves o embarcaciones de lujo y/o de un vehículo de hasta diez años de antigüedad (excepto los titulares de algún certificado de discapacidad).
Por otra parte, quienes deseen tramitar la declaración jurada necesaria para iniciar el trámite de Segmentación Tarifaria correspondiente a los servicios de luz y gas podrán hacerlo ingresando a argentina.gob.ar/subsidios, a partir del viernes 15 de julio de 2022.
En caso de no contar con acceso digital, corresponde llevar adelante la tramitación ante la oficina de ANSeS o las firmas prestatarias del servicio.
En este sentido, desde la OMIC, se recomienda la realización de la declaración jurada a los fines de que cada usuario tenga conocimiento de la categoría que le corresponde.
Por último, se recuerda que existen dos casos en los cuales no es necesario completar el formulario de inscripción: Personas electrodependientes y domicilios en los que funcione una entidad de bien público.
Para solicitar mayor información pueden contactarse al 42-2234 o al correo electrónico omic@chascomus.com.ar.
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