Luego de dos años de investigación, y tras estudiar todos los elementos aportados en la causa y no poder probar ninguno de los hechos denunciados, el fiscal platense Álvaro Garganta decidió archivar la causa que pesaba contra el contador Alberto David.
En uno de los considerandos a los que tuvo acceso este medio, el fiscal expresa que “no surgen a juicio del suscripto, elementos de prueba suficientes que permitan acreditar la materialidad ilícita del hecho que diera motivo a la formación del presente legajo”.
En este sentido, destaca específicamente dos cuestiones: la primera que la víctima afirmo que nunca suscribió ningún boleto de compraventa y que luego de la pericia caligráfica “la firma inserta en el boleto de compraventa se corresponde con las indubitadas ofrecidas de la señora María Ester Arrix”, o sea, quedó claro que la firma es de la denunciante.
La causa, que en su momento tuvo gran repercusión en los medios locales, llega de esta manera a un primer paso importante, ya que seguramente habrá alguna apelación al fallo, pero en principio deja sin efecto las responsabilidades de las que se acusaba a David.
En el fallo también el fiscal aduce que “en fecha 19 de agosto de 2014, la denunciante suscribe con el imputado un instrumento privado mediante el cual establece que el mandatario le ha rendido cuentas documentadas de la totalidad de los actos cumplidos en ejercicio del mandato, las cuales han sido aprobadas en un todo por la mandante, quien expresa que han sido cumplidas en cada caso particular y en debida forma las expresas instrucciones que ella como mandante le impartió...dando expresa cuenta por ende que nada tiene que reclamarle al mandatario”... y que al suscribir dicho convenio la denunciante ya había tomado conocimiento de la venta de las acciones de Haras del Sur SA, según lo que expreso la denunciante en la demanda que suscribió.
Como decíamos al principio de la nota, el fiscal investigó cada elemento presentado por las partes, quedando en claro que la denunciante estaba al tanto de lo que se realizaba y de esta manera Garganta resolvió el archivo de la causa al no constatarse ilícito alguno en las actuaciones del contador David.