En un fallo recientemente dictado en el marco de un juicio abreviado realizado en el Juzgado Correccional Nº 2 de Dolores, se condenó a dos exfuncionarios del Municipio de Chascomús juzgados por defraudación.
El juicio abreviado había sido consensuado por el fiscal y los abogados que respectivamente representaban a los procesados, y con el acuerdo expreso de estos en cuanto a la calificación y el estimado de la pena.
La resolución judicial indica que estaba legal y plenamente probado los siguientes ilícitos:
Hecho I: entre los meses de mayo y junio de 2012 dos sujetos que era funcionarios públicos de la Oficina de Liquidaciones del Municipio de Chascomús, uno de ellos Director de Liquidaciones y el otro Técnico en Liquidación, redujeron en un 50% los porcentajes de retención de la liquidación del IPS y IOMA, incrementando de esta manera el haber mensual que les correspondía.
Hecho II: durante el mismo lapso uno de los anteriormente señalados, el Técnico en Liquidación, alteró los datos contenidos en el diskette de liquidación de sueldos que el Municipio enviaba al Banco, efectuando distintos descuentos en el monto a percibir de 25 agentes municipales, obteniendo con ello una suma de dinero que se disponía acreditar en su cuenta bancaria de sueldos, no logrando percibir el monto referido por razones ajenas a su voluntad, ya que la maniobra fue descubierta por personal de la Oficina de Contaduría Municipal.
Al efectuarse la denuncia se consignó que se había detectado en dos agentes una incorrecta retención de los porcentajes pertenecientes a IPS e IOMA, producto ello de alteraciones en el porcentaje correspondiente a los códigos de descuento, pudiéndose en ambos casos verificar que se les retenía el 50 % de lo que correspondía, resultando sugestivo que ese “error” ocurriera solo con la liquidación de sus sueldos. Que ante ello y encontrándose en Tesorería el diskette remitido por el área de liquidaciones para ser enviado al Banco Provincia, se había abierto el mismo y constatado, que el monto total de sueldos concordaba con lo liquidado pero no coincidían los importes que percibirían algunos de agentes municipales, que existía diferencia en 25 de ellos, y que esa diferencia se pasaba a la cuenta sueldos del empleado municipal involucrado en la maniobra.
Se señaló que tanto el director como el técnico en Liquidaciones eran las únicas personas de esa área que tenían clave de acceso al sistema informático, que contablemente las cuentas cerraban, pero que quienes habían manipulado las mismas se habían quedado con dinero que no les correspondía.
Luego de analizar el caso el juez señaló, que Gustavo Torregiani, director de Liquidaciones, y Ángel Acosta, Técnico en Liquidación, habían tenido el dominio de los hechos para llevar adelante las maniobras defraudatorias mediante las cuales redujeron los descuentos en sus haberes. Y que el segundo de los nombrados no había logrado consumar la defraudación por la cual pretendió adicionar a sus haberes los descuentos que había efectuado en los montos a percibir por 25 agentes municipales, quedando su accionar en grado de conato.
Por ello el titular del Juzgado Correccional nº 2 resolvió condenar a Ángel Andrés Acosta, de 37 años de edad, empleado fabril, nacido y con domicilio en Chascomús, como coautor del delito de “defraudación” y autor del delito de “defraudación en grado de tentativa”, imponiéndole “tres años de prisión de ejecución condicional y Seis meses de inhabilitación especial”; y a Gustavo Mario Torregiani, de 49 años de edad, profesor, nacido en Banfield y domiciliado en Chascomús, por resultar coautor del delito de “defraudación”, a quien impuso “dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional y seis meses de inhabilitación especial”.