El doctor Christian Ariel Rabaia, actuando como juez unipersonal del Tribunal en lo Criminal N° 1 de Dolores condenó a un vecino de Chascomús juzgado por agresiones y lesiones a su madre. El juicio tuvo carácter de abreviado, habiendo sido consensuado por la fiscal Gabriela García Cuerva y el defensor Marcelo González, con ratificación expresa del procesado.
Los ilícitos requeridos a juicio fueron los siguientes:
Hecho I: en horas de la madrugada del 15 de septiembre de 2019 en un domicilio de la ciudad Chascomús, un individuo golpeándola con un erro y mediante golpes de puño y patadas, tanto en la cabeza, como en el pecho, en el brazo derecho, en el abdomen y en la pierna derecha, le causó diversas lesiones a su progenitora. Al prestar declaración la víctima dijo que su hijo había ingresado en su casa con un erro en la mano, que la había empujado y hecho caer al piso, que luego la había tomado de los cabellos y arrastrado hacia la puerta de la vivienda, donde la había golpeado en la cabeza, en el brazo, en el pecho, en el abdomen y en la pierna derecha, arrojándole luego de ello un baldazo de agua fría. Indicó la mujer que su hijo tomaba mucho alcohol y en esas condiciones la golpeaba, que la relación siempre había sido conictiva, que le había realizado denuncia por lesiones. Precisó además, que con el erro había roto la heladera, tirado el televisor, y la mesa de escritorio junto con la computadora.
Hecho II: en los primeros minutos del 20 de noviembre de ese mismo año el mismo individuo se había hecho presente en el domicilio de su progenitora, donde le propinó un golpe de puño en el rostro y una patada en la cabeza, ocasionándole excoriaciones en la región frontal y tabique nasal con fractura de huesos propios de la nariz, lesiones que fueron caracterizadas como graves por el médico de policía. El sujeto al acercarse a dicha vivienda había desobedecido la prohibición de acercamiento dispuesta por Juzgado de Paz Letrado de Chascomús, la cual le había sido correctamente notificada.
Hecho III: el día 8 de septiembre de 2018 en momentos en que personal policial procuraba aprehender a una mujer, el mismo individuo salió de una vivienda con un machete en sus manos, resistiendo mediante patadas y golpes de puño las órdenes que le eran impartidas para que cesara con su actitud, siendo posteriormente aprehendido por los funcionarios policiales intervinientes. El Magistrado en su análisis de los casos señaló, que sin perjuicio del grado de intoxicación por ebriedad o consumo de drogas que pudiera haber tenido al momento de cometer los hechos, “no hay prueba que permita sostener que el acusado estaba, en dichas ocasiones, bajo los efectos de una consumición de alcohol o sustancias estupefacientes, inmediatamente anterior, que le impidiera comprender lo que hizo o dirigir sus acciones en forma diversa”.
Por ello, Rabaia resolvió condenar al vecino de nuestra medio de 27 años de edad, nacido y con domicilio en la ciudad de Chascomús, con antecedentes condenatorios y alojado en la Unidad Penal 6 de Dolores, como autor de los delitos de “Lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género (Hecho I); Lesiones graves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género en concurso ideal con Desobediencia (Hecho II) y Resistencia a la autoridad (Hecho III), todos en concurso real entre sí”, imponiéndole “tres años de prisión de efectivo cumplimiento”.